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Soja: exportadores podrán pagar menos retenciones por embarques declarados a futuro

El Gobierno Nacional modificó el sistema de liquidación de derechos de exportación en las operaciones a futuro del complejo sojero. Los detalles del Decreto 265/2018.

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A través del Decreto 265/2018, el Gobierno Nacional modificó el sistema de liquidación de derechos de exportación en las operaciones a futuro del complejo sojero.

En concreto, se aplicaron cambios en el Decreto 1343/2016 y el Ministerio de Agroindustria de la Nación publicará una Resolución que establecerá un nuevo sistema para el registro de las Declaraciones de Venta al Exterior (DJVE): se regresará al criterio original, de cuando se dictó la Ley 21.453, para registrar las declaraciones por período de embarque estimado por el exportador.

“Se conservará, además, la vigencia de 360 días para las DJVE, tiempo dentro del cual estará comprendido dicho período de embarque. Se incorporarán también una serie de datos a informar por el exportador sobre el comprador, para cumplir con las exigencias de la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos sobre ‘precios de transferencia'”, explicó el Ministerio.

Además, indicó que se establecerá un sistema distinto para las cargas a granel de las que vayan en contenedores.

En tanto, adelantó que se delegará en la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios el otorgamiento de las prórrogas y los cumplidos sin sanción sobre las Declaraciones Juradas y explicó que, a partir de su firma, la Subsecretaría comenzará a establecer valores FOB oficiales por mes de embarque para una serie de productos. En esa sentido, aclaró que ya se firmaron convenios de información con distintas Instituciones.

“Esta era una necesidad esperada por el sector exportador, principalmente el sojero, para destrabar los negocios a futuros de la soja, la harina y el aceite, ya que en la actualidad en caso de registrar operaciones futuras debían abonar los derechos de exportación en base a las alícuotas vigentes al momento de la registración y no del período de embarque declarado. Además y para todos los productos en general, esto le permitirá a la AFIP aplicar reglas más claras para la consideración de los precios de transferencia sobre todo entre empresas vinculadas, tomando en consideración los valores FOB oficiales según el período de embarque declarado”, expresó al respecto el ministro Luis Miguel Etchevehere.

Por su parte, Agroindustria consideró que la medida “destrabará los negocios futuros del complejo sojero, vitales para la generación de divisas para el país, cuyas ventas están muy retrasadas debido a las razones apuntadas y a la vez trasladará la rebaja de la alícuota futura al sector productivo”.

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