A través de la Disposición N° 13/2018, publicada hoy en el Boletín Oficial, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció la obligatoriedad del Documento de Tránsito vegetal (DTV) para el traslado de frutos de las especies hospedantes de Anastrepha fraterculus (mosca sudamericana) y Ceratitis capitata (mosca del Mediterráneo).
La medida comenzará a regir a partir del 22 de noviembre en todo el país, y exime de emitir la Declaración Jurada de Productos y Subproductos de Origen Vegetal a todos aquellos que se encuentren obligados a transitar con el DTV.
Los infractores podrán recibir las sanciones que se detallan en el Capítulo V de la Ley N° 27.233 o cualquier otra medida preventiva.
“El DTV se está implementando de manera gradual. A la fecha, alcanza al movimiento de fruta fresca cítrica, uva, pimiento, durazno, nectarina, hortalizas pesadas como papa, batata, ajo, cebollas y tubérculos andinos, así como también el movimiento de los hospedantes de moscas de los frutos y carpocapsa que ingresan desde la zona libre, el de los productos y subproductos del algodón, y el de los materiales de propagación (plantines)”, destacó el Senasa.
En tanto, el organismo recordó que el documento se emite en forma gratuita por autogestión a través del sistema informático Sig-DTV .