Por medio de un decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional prorrogó por 180 días el “Estado de Emergencia Hídrica” en la cuenca del río Paraná.
La primera declaración de emergencia fue por 180 días el 24 de julio del año pasado, y luego fue prorrogada por 90 días más el 10 de marzo último.
La medida afecta a las provincias de Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires, sobre los márgenes de los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú.
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Si bien la situación de la cuenca se ha aliviado un poco en los últimos meses, y se espera que después de la primavera comience a mejorar aún más, desde el Gobierno recordaron que la bajante histórica actual es “la más importante en los últimos 78 años”.
En ese sentido, “si bien se han atenuado los niveles de la bajante por efecto de lluvias puntuales y defluencias de las represas situadas en el área regulada de la Cuenca del Paraná, se continúan provocando afectaciones sobre el abastecimiento del agua potable, la navegación y las operaciones de puerto, la generación de energía hidroeléctrica, el abastecimiento de combustibles y las actividades económicas vinculadas a la explotación de la cuenca conformada por los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú”, remarca el decreto en sus considerandos.
LA HIDROVÍA, UN TEMA CLAVE
Para el Gobierno, “de conformidad con los análisis y prospectivas llevados a cabo por los distintos organismos nacionales que integran la Mesa de Trabajo de Gestión de la Emergencia Hídrica de las Cuencas de los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú en materia de relevamiento del desarrollo del proceso de bajante histórica del río Paraná, se mantiene la previsión de condiciones negativas para las áreas mencionadas y continúa el proceso de afectaciones originado por la sequía persistente y los pronósticos de condiciones meteorológicas deficitarias”.
En ese contexto, un tema clave es la gestión de la hidrovía: en medio de la polémica que subsiste por una licitación internacional que quedó trunca para designar al nuevo concesionario del dragado de la vía navegable, es necesario mantenerla para que puedan ingresar hasta el Gran Rosario los grandes buques que trasladan el grueso de las exportaciones agroindustriales argentinas, que son la principal fuente de dólares del país. Por eso, el decreto habla incluso de “dragados de emergencia”.
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“Resulta necesario adoptar medidas en relación con la carga y los calados en el tránsito fluvial de mercaderías a efectos de evitar afectaciones en materia de vías navegables, tripulaciones, seguridad de la navegación, mantenimiento del comercio nacional e internacional y la protección ambiental, en accesos portuarios, vías navegables y dársenas”, reconoce el texto normativo al respecto.
Y añade: “Dada la ausencia de niveles de calados aptos para la navegación comercial habituales, anteriores a la actual situación crítica, causados por niveles de agua inferiores a lo normal, y su compatibilización con las profundidades de los canales troncales de diseño establecidos en el actual contrato de concesión, corresponde readecuar las profundidades de la Vía Navegable Troncal, a través de autorizaciones especificas a ser otorgadas por Ministerio de Transporte”.
En ese sentido, lo que dispone el decreto es instruir a la mencionada cartera a “autorizar a la concesionaria de la Vía Navegable Troncal a obtener y mantener la profundidad efectiva de la misma, conforme a las disposiciones establecidas en el Anexo 2 del contrato de concesión vigente, y a ejecutar dragados de emergencia, según lo establecido en la Disposición N° 32 del 3 de noviembre de 2021 de la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante”.