A través del Decreto 1025, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional eliminó el régimen de retenciones móviles del biodiesel y fijó en el 8% la alícuota del derecho de exportación.
La medida comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2018, y deja así fuera de circulación a la normativa del 1719/2012 del 19 de septiembre de 2012, que estableció la fórmula de determinación de las retenciones del producto.
“La variación de las condiciones en las cuales fue dictado el citado decreto N° 1719/12 exige la adecuación de la normativa que rige el sector al contexto en el cual actualmente se desarrolla el mercado”, argumentó el texto de la resolución, y señaló además que “se hace necesaria una armonización entre los derechos de exportación del biodiesel y el de su principal materia prima, el aceite de soja, para alcanzar una convergencia entre los mismos”.
Finalmente, informó que “el precio del biodiesel destinado al mercado interno será determinado por el Ministerio de Energía y Minería, por sí o a través de las dependencias creadas bajo su órbita, a cuyo fin dicho organismo podrá dictar las normas que estime corresponder”.