El decreto PEN 1339/2012 que incrementa los derechos de exportación al gas oil, está fundado en una delegación de facultades que le otorga el Código Aduanero, dictado durante el gobierno de Videla, e ignora olímpicamente que desde la reforma constitucional de 1994 la delegación en materia tributaria está prohibida, así como que ya no rigen las prórrogas a la legislación delegada que el Congreso fue realizando a lo largo del tiempo.
La asunción de una típica atribución legislativa por parte de la presidenta indica una vez más el desprecio del oficialismo por la división de poderes.
Es increíble que el decreto ni siquiera mencione en sus considerandos al artículo 76 de la Constitución Nacional, que contempla restrictivamente el instituto de la delegación, ni a la cláusula transitoria octava, que regula la prórroga de la legislación delegada anterior a 1994.
Aún si se considerara que las retenciones no son un tributo, lo que sería absurdo, y en tal caso se admitiera excepcionalmente la delegación, ésta debería reunir los requisitos del art. 76, es decir, plazo determinado y fijación de las bases de la delegación por parte del Congreso.
Por lo demás, el art. 75 inc. 1 de la CN determina que el Congreso Nacional establece los derechos de importación y exportación.
El oficialismo se está acostumbrando peligrosamente a prescindir de la Constitución. Lo hizo hace dos días al votar irregularmente en Diputados el proyecto sobre fondos judiciales, que ignora entre otros los artículos 114 y 129. Lo reitera hoy. La seguridad jurídica le resulta, como lo adelantó Kiciloff, un concepto espantoso.
Lamentablemente esto es un elemento más que coadyuva a profundar la incertidumbre y la inseguridad jurídica de los inversores en nuestro país.
Por Ricardo Gil Lavedra. Presidente del Bloque de la UCR en Diputados