Según la comunicación oficial, la medida obedeció al esfuerzo conjunto realizado por la Subsecretaría de Pesca de la Nación, a cargo de Gerardo Nieto, las cámaras pesqueras y la gestión de la representación argentina ante la Comunidad Europea.
El Diario Oficial de la Unión Europea publicó el 30 de junio pasado el Reglamento 980/05 del Consejo, relativo a la aplicación del sistema de preferencias generalizadas del bloque, que entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2006 y se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2008.
Bajo el nuevo reglamento, “se continúa aplicando el criterio de sensibilidad del producto” y aquellos no sensibles obtienen una suspensión arancelaria.
Según especificó la cartera agraria nacional, “a los productos sensibles le corresponde una reducción de 3,5 puntos de los derechos ad valorem. Es decir, que si a un producto se le aplica 10% de arancel, bajo el nuevo régimen de SGP le correspondería un arancel de 6,5%”.
Como los productos pesqueros son considerados sensibles, “todo el sector de la pesca se beneficiará con la nueva propuesta del SGP, salvo en el caso de los peces ornamentales, que se clasifican como no sensibles y a los cuales no se aplicará ningún arancel”, aclaró Agricultura.
La cláusula “standstil” introduce una excepción por la cual los productos cuya reducción vigente sea mayor a 3,5% “continuarán beneficiándose con el arancel actual”. De esta forma, productos como el langostino, que tienen actualmente un 12% de arancel NMF y un 4,2% bajo el régimen SGP, seguirán manteniendo el actual arancel.
En consecuencia, bajo el nuevo régimen quedarán contemplados productos que hasta el presente no se encontraban comprendidos en el SGP, destacándose, principalmente, la reducción del arancel en dos de las especies más importantes como la Merluza Hubbsi y el Calamar Illex.
PRODUCTO NMF SGP 2006
Merluza Hubbsi fresca 15 % 11,5 %
Merluza Hubbsi congelada 15 % 11,5 %
Merluza Austral congelada 15 % 11,5 %
Anchoitas congeladas 15 % 11,5 %
Filete de Mero congelado 15 % 11,5 %
Filete de Merluza de Cola 15 % 11,5 %
Anchoas saladas 10 % 6,5 %
Preparaciones
y conservas de anchoas 25 % 21,5 %
Calamar Illex 8 % 4,5 %
Por otra parte, el nuevo sistema no afectará a aquellos productos que hasta el presente gozan de una reducción mayor a 3,5% respecto del arancel NMF. Los más importantes son:
PRODUCTO NMF SGP (*)
Langostinos 12 % 4,2 %
Merluza de Cola congelada 15 % 5,2 %
Vieiras congeladas 8 % 2,8 %
Centolla y centollón 7,5 % 2,6 %