El nuevo régimen legal que prepara el Gobierno para reglamentar la operatoria de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) y que presentaría oficialmente en los próximos días está dando que hablar en el sector.
En el caso de las SGR que están enfocadas a prestar garantías al sector agropecuario varios son los puntos de conflicto respecto a la normativa que quiere imponer el Gobierno.
Con la nueva norma las únicas garantías que podrán ser consideradas son las otorgadas sobre las obligaciones de crédito acordadas con saldo de capital promedio no inferior a un año, en una proporción mayor al 25% respecto al promedio del saldo del fondo de riesgo.
Respecto a este tema responsables de SGR explicaron que en el sector agropecuario no es conveniente implementarlo y que no tiene que haber un porcentaje obligatorio a más de un año, ya que el ciclo agrícola es de hasta un máximo de 270 días y que si se implementa de esta manera habrá un alto índice de incobrabilidad.
En la misma línea opina Diego Fatore, Gerente de la SGR Los Grobo y agrega que esta norma sólo se puede implementar cuando los aceptantes y acreedores sean entidades financieras, lo que limita las operaciones en el mercado a término con un operador de la Bolsa.
Los referentes de las SGR rurales están de acuerdo que haya mayores controles en el sistema y que éste se focalice en apoyar a las pymes, pero la norma que establece que si los avales que otorgó la SGR fueron menores al 150% del monto del fondo de riesgo se tomará como máximo apalan- camiento la cifra que efectivamente haya registrado la SGR y el fondo de riesgo en la próxima edición quedaría reducido.Al respecto Fatore explica que la reglamentación no daría el tiempo suficiente para acomodar los avales y esto generaría que no puedan ingresar nuevos socios protectores para invertir en el fondo de riesgo.