El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores Renatre) publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 245/06, donde resuelve que la falta de inscripción del empleador rural resultará una infracción muy grave, por lo que podrán ser sancionados con multas que oscilarán entre los $ 1.000 y $ 5.000, de acuerdo con el tiempo transcurrido desde el vencimiento del plazo dispuesto para la inscripción, o desde el inicio de actividades, si éste fuera posterior.