Si bien en octubre último el Ministerio de Economía había unificado en el 10 por ciento los derechos de exportación de las harinas de trigo y ciertas preparaciones alimenticias, ahora decidió excluir de esa medida a ciertas preparaciones alimenticias que sólo tributar el 5 por ciento por ese concepto.
Según indicó el Palacio de Hacienda en la resolución 22/2007 publicada en el Boletín Oficial, se habían unificado en 10 por ciento las retenciones con el objetivo de “eliminar el diferencial de los derechos de exportación de esas harinas y sus preparaciones con agregado de aditivos y/o de ingredientes, incluso de sal en cualquier proporción”.
Sin embargo, decidió ahora “excluir de la medida citada a ciertas preparaciones alimenticias distintas de las referidas en el considerando anterior”. Tributar n entonces el 5 por ciento de derechos de exportación las harinas de trigo y ciertas preparaciones alimenticias.
Pero quedan exceptuadas “preparaciones a base de harina de trigo (excluidas las pastas en forma de discos y demás formas sólidas similares y preparaciones para la elaboración de tortas, bizcochuelos y productos de repostería similares, en envases de contenido neto inferior o igual a un kilogramo con agregado de aditivos y/o de ingredientes, incluso de sal en cualquier proporción), que tributar n un derecho de exportación del 10 por ciento”.