No son las primeras decisiones normativas que firma Fernando Vilella dentro del Gobierno nacional, pero sí son las primeras que salieron formalmente bajo la designación de Secretaría de Bioeconomía (antes de Agricultura, Ganadería y Pesca).
Se trata de dos resoluciones que se publicaron en las últimas horas en el Boletín Oficial de la Nación y que constituyen una suerte de “debut” real de esta área de Gobierno.
¿Qué contienen? Los nuevos aranceles que se decidieron fijar para los servicios que prestan el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y el Instituto Nacional de Semillas (INASE).
NUEVOS ARANCELES PARA EL SENASA
“Apruébanse los montos arancelarios que por retribución percibe el Senasa, correspondientes a los servicios prestados a terceros por las distintas unidades organizativas del citado Servicio Nacional”, señala el Artículo 1° de la Resolución 2 de la Secretaría de Bioeconomía, que se conoció este viernes.
En general, los nuevos montos por los servicios del Senasa muestran una suba del 67% en comparación con los valores que se habían fijado el 5 de diciembre pasado.
La resolución también establece cuáles son los servicios que quedan eximidos de pago principalmente para productores y cooperativas registrados como de la agricultura familiar y otras instituciones.
En tanto, “se mantiene vigente el compromiso con el fomento de la producción y uso de bioinsumos, en el entendimiento de que constituyen una herramienta de mejora de la productividad agropecuaria, resultando útil para el desarrollo sustentable y contribuyendo al agregado de valor en origen, por el que se aplicó un monto diferencial para los aranceles correspondientes al registro de bioinsumos que se encuentra a cargo de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del referido Servicio Nacional”, agrega el texto normativo.
Los nuevos aranceles del Senasa son los siguientes:
LOS VALORES ACTUALIZADOS EN EL INASE
En tanto, la Resolución 1 de Bioeconomía se publicó el jueves y fijó los aranceles por “los bienes y servicios que presta el INASE”.
Esta normativa también señala que “los valores establecidos deberán ser abonados previo a la prestación de los servicios o entrega de los bienes arancelados” y que “las fechas y modalidades de pago de los aranceles serán fijadas por el INASE”.
Asimismo, también en este caso quedan exceptuados del pago de estos aranceles los productores inscriptos en el Registro Nacional de Agricultura Familiar (Renaf) y las Cooperativas, Asociaciones o Agrupaciones integradas por agricultores familiares inscriptos en el Registro Nacional de Organizaciones de Agricultura Familiar (Renoaf).
Los nuevos precios, que se pueden consultar a continuación, actualizan los que estaban vigentes desde octubre de 2023 y suponen un incremento del 376%.