Según lo comunicado en el portal oficial de La Pampa, mediante el Decreto N° 773/18, el gobernador Carlos Verna, aprobó la reglamentación de la Ley N° 3043 “Declarando de interés provincial la producción y comercialización porcina”.
En su artículo segundo, autoriza a la autoridad de aplicación de la ley N° 3034 y su reglamentación a celebrar con las Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia convenios que tengan por objeto dar pleno cumplimiento a las disposiciones contenidas en sendos cuerpos legales.
En los considerandos del Decreto se explica que en el texto de la Ley surge como objetivo primordial preservar el status sanitario de la producción porcina en todo su territorio provincial, en especial evitando la introducción y propagación de enfermedades exóticas, consideradas así en todo el territorio provincial.
Entre sus disposiciones, en el artículo 3° prohíbe el ingreso al territorio de la Provincia sus productos, subproductos y derivados cárnicos porcinos que provienen de países no libres del síndrome respiratorio reproductivo porcino (PRRS), circunstancia que amerita instrumentar a través de la autoridad de aplicación, sistemas para controlar y fiscalizar el cumplimiento de tal prohibición, asegurando la calidad de los alimentos que transitan y puedan ingresar.
Acompañan la firma del gobernador, la rúbrica de los ministros, de la Producción, Ricardo Moralejo, y de Salud, Mario Kohan.
Protección de la producción local
El dictado de la presente norma radica en la instrumentación de sistemas de fiscalización para la prohibición del ingreso de carne porcina desde países que presenten enfermedades exóticas para la República Argentina, como lo es el Síndrome Respiratorio Reproductivo Porcino (PRRS), que pondría en riesgo el estatus sanitario de la Provincia, libre de dicha enfermedad, generando un impacto negativo en la producción porcina local, teniendo en consideración que la vacunación contra esta enfermedad hoy se encuentra prohibida en todo el territorio nacional. Resulta totalmente nocivo y desleal para la producción provincial el ingreso de productos porcinos con un estatus sanitario inferior, comprometiendo las condiciones sanitarias de la producción del territorio pampeano y los futuros mercados para la misma.
La urgencia de la medida radica en que el Gobierno Provincial viene trabajando sostenidamente a fin de aumentar el valor agregado de la producción primaria y la mano de obra genuina en toda la cadena de valor, desarrollando diversos aspectos que van desde la producción hasta la comercialización, con acciones que acompañan este desarrollo como lo es el Plan Porcino, que logró reactivar la cuenca porcina con un elevado estatus sanitario y con proyección exportadora, logros que fueron conseguidos por años de trabajo a nivel provincial.
La Ley N° 3043, en su artículo 3°, prohíbe el ingreso al territorio provincial de productos, subproductos y derivados cárnicos porcinos que provengan de países no libres de PRRS y en su artículo 4° expresa que la comercialización de aquellos productos provenientes de países libres de la enfermedad mencionada deberán exhibirse en góndola, al consumidor, en el estado de conservación que ingresó al país y el etiquetado pertinente, indicando el país de origen del producto.
Esta medida se suma a las ya dictadas por el gobernador Carlos Verna, en protección de la producción local y la generación de trabajo digno.
De esta manera, la normativa dictada por el mandatario provincial impediría el ingreso de cerdos de Estados Unidos, país que no se encuentra libre de la enfermedad PRRS y que por medidas implementadas por el Gobierno Nacional fuera autorizado, en detrimento de las economías regionales del país, entre ellas la provincia de La Pampa.