La Corte Suprema de la Nación citó a las provincias de La Pampa y Mendoza a una audiencia el próximo 14 de junio, ante la demanda de la primera por supuestos incumplimientos de convenios por el uso del Río Atuel, celebrados desde hace casi tres décadas, según informó hoy la agencia Télam.
La audiencia de conciliación se realizará en el cuarto piso del Palacio de Justicia ubicado en Talcahuano 550 de la ciudad de Buenos Aires, adonde también fueron convocados representantes del Estado Nacional y “amicus curiae” (amigos del tribunal) que puedan a aportar una solución al conflicto.
Tal como recordó Télam, el conflicto por las aguas del río Atuel se remonta al año 1947, cuando se inauguró el embalse El Nihuil, formado en el departamento de San Rafael, en el sur de Mendoza, que modificó el curso del agua, perjudicando de esta manera al oeste pampeano.
Luego, en 1987, la Corte Suprema estableció el carácter “interprovincial” del curso hídrico y reguló la utilización del agua de forma compartida. Pero en mayo de 2014, La Pampa demandó ante el máximo tribunal a Mendoza por el supuesto daño ambiental y por el incumplimiento del fallo de 1987 que la obligaba a negociar y celebrar convenios para regular el uso del curso hídrico.
Hoy, la Corte rechazó por unanimidad un planteo de incompetencia de los representantes de Mendoza y declaró su competencia originaria para intervenir en la causa. “La necesidad de dirimir la situación denunciada, y dado que ninguna de las provincias podría erigirse en juez de su propia causa, determina que esta Corte Suprema de Justicia de la Nación sea la que deba llevar adelante los procedimientos pertinentes a ese fin”, dice la resolución dictada por el máximo tribunal.
En 2014, La Pampa invocó el “derecho humano al agua” para que “se declare la presencia de daño ambiental” como consecuencia de incumplimientos de Mendoza a la sentencia de 1987 y otros convenios firmados en los años siguientes. Asimismo, pidió que la Corte ordene el “cese y recomposición” del daño ambiental con obras para optimizar el recurso del agua fluvial; condene a Mendoza a pagar una indemnización por los “perjuicios sufridos”; y ordene al Estado Nacional “brindar colaboración para implementar las obras” necesarias, repasó Télam.
Tanto la Corte -con la firma de su titular Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, como la procuradora fiscal Laura Monti en su dictamen- se basaron en el artículo 127 de la Constitución Nacional, que establece que las “quejas” de las provincias “deben ser sometidas” a la Corte y “dirimidas por ella”.
En diciembre del año pasado, el gobernador Carlos Verna encabezó una gran movilización en el oeste de la provincia de La Pampa para reclamar contra Mendoza por la restitución del Atuel y en defensa de los recursos hídricos.
“Nos robaron un río, nos están secando el Saldado y al Colorado lo quieren manejar y lo peligroso de Mendoza es como maneja los ríos, a su sólo interés. El gobernador (mendocino Alfredo Cornejo) podrá decir que esto es un show, pero esto es una movilización popular del pueblo de La Pampa que sabe que ellos nos robaron un río”, dijo entonces el mandatario pampeano, tal como recordó Télam.
Finalmente, en 2016 a pedido de La Pampa, representantes de la Organización de las Naciones Unidas se pronunciaron sobre el conflicto, al señalar que la situación “atenta contra el derecho humano al agua” de los habitantes de la región e instar a la Nación “a arbitrar las medidas necesarias” para ponerle fin al conflicto.