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Europa analiza posibles cambios en el manejo del ganado por vaca loca

La Comisión Europea analiza seriamente una serie de cambios en las actuales medidas comunitarias por la enfermedad de la vaca loca. Las posibles modificaciones estarían relacionadas con la edad del animal para la obtención de los materiales de riesgo, prohibiciones en la alimentación, la política implementada en los test, los criterios de erradicación cuando se detecta un caso y las normas aplicables a los subproductos animales.

La Comisión Europea analiza seriamente una serie de cambios en las actuales medidas comunitarias por la enfermedad de la vaca loca. Las posibles modificaciones estarían relacionadas con la edad del animal para la obtención de los materiales de riesgo, prohibiciones en la alimentación, la política implementada en los test, los criterios de erradicación cuando se detecta un caso y las normas aplicables a los subproductos animales.
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El documento de reflexión sobre Encefalopatía Espongiforme Bovina (BSE, según sus siglas en inglés), denominado el Mapa de las EET, servirá como base del debate sobre la enfermedad para los Estados Miembros y el Parlamento europeo, de acuerdo a lo publicado por agencias internacionales.

Desde el año 2000, los materiales de riesgo para bovinos se retiran del cráneo, cerebro, ojos, columna vertebral y medula espinal para los animales de más de 12 meses y de las amígdalas, intestino y el mesenterio para los animales de todas las edades.

Además, desde julio de 1994 está prohibida la alimentación de los rumiantes con harinas de carne y en 2001 se introdujo la prohibición de usar proteínas animales en la alimentación de los animales de producción de alimentos, salvo el uso de harinas de pescado para los no-rumiantes.

En cuanto al test, en el viejo continente se analizan en la actualidad todos los animales de riesgo de más de 24 meses y todos los animales sanos de más de 30 meses, mientras que las medidas de erradicación ante la positividad de un caso incluyen el sacrificio del animal en cuestión y todos los demás de la misma edad, nacidos o criados en la misma explotación que el afectado, y que hubieran

recibido la misma alimentación, potencialmente afectada, cuando eran terneros.

Finalmente y en referencia a los subproductos animales, Europa hasta el momento establece que sólo los animales aptos para consumo humano pueden destinarse a la alimentación animal. El reciclaje entre especies está prohibido y hay normas muy estrictas para el tratamiento de los materiales excluidos.

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