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Eliminan el arancel para la reinscripción anual en el Registro de Productos Alimenticios para Consumo Humano

El Senasa informó que a partir de ahora las empresas solo deben comunicar las bajas del producto sin costo alguno a la Coordinación General de Aprobación de Productos Alimenticios del organismo.

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El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recordó que eliminó el arancel para la reinscripción anual en su Registro de Productos Alimenticios para Consumo Humano.

De esta manera, ya no es necesario que las empresas o sus representantes soliciten el mantenimiento anual, tal como se venía haciendo hasta el año pasado.

A partir de ahora, solo se deben comunicar las bajas de producto sin costo alguno.

Para regularizar el estado de sus productos, los elaboradores que no hubieran cancelado la deuda de mantenimiento hasta el año 2017 deben comunicarse con la Coordinación General de Aprobación de Productos Alimenticios del Senasa.

Las bajas deben ser solicitadas por el elaborador mediante una nota con los números de registro para que se adjunte al expediente de aprobación, indicando la siguiente información: número de registro completo, denominación de venta y marca del producto a dar de baja y número de expediente al que se debe adjuntar la solicitud.

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