A través de la Resolución 263/2018 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria decidió ponerle fin a la importación de dichos químicos.
Según la resolución se resolvió sobre el Carbofuran, carbosulfan, diazinon, aldicarb y dicofol y sus productos formulados, que “se prohíbe, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, la elaboración, importación y fraccionamiento de las sustancias activas carbofuran, carbosulfan, diazinon, aldicarb y dicofol y sus productos formulados”.
La prohibición tiene vigencia de 1 año a partir de hoy, y a partir de los 365 días corridos “se producirá la baja automática de dichos productos en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal a cargo de la Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos” del SENASA.
La única excepción es para las “formulaciones en gránulos de carburan al diez por ciento (10%)”.
Para saber cómo pueden operar las empresas que cuenten en sus stocks con dichos formulados, acceder a la Resolución 263/2018 completa haciendo click AQUÍ.