El Senasa constató diversas irregularidades tales como alto porcentaje de pérdidas, borrado de la numeración impresa, impresión de caravanas con el mismo número de identificación individual. Esto motivó que se cancelaran las inscripciones de las firmas: Luis Marandino, Covercar, S.A, Auno S.A. y Lecvet S.R.L.
En tanto, por medio de la disposición 1.994/05, el Senasa suspendió en el citado registro, por no presentar en tiempo y forma los informes correspondientes, a las firmas Triago S.A; Cow-Flex S.R.L; Fu.Co.Fa; Caravanas Argentinas S.H; Julio Oscar Giacossa; Productos TNT S.A; Enrique Carlos Pueyrredón; Coop.Agrop.Guillermo Lehmann; Serv. Rural Soluciones Integrales; Esteban Raúl Lasala; Gladis Mónica de Paolini; Corina María Domínguez; Fund. Correntina Sanidad Animal y Manuel Santiago Zugarramurdi.
La disposición 292/2003 establece que se deben utilizar materiales que garanticen la inalterabilidad de la caravana bajo las más severas condiciones climáticas, incluyendo las condiciones de visibilidad del número de identificación y del Renspa, ya que las mismas deberán identificar al animal hasta su faena.