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El nuevo paquete de medidas

La protección para las curtiembres bajó un poco pero sigue elevada. Las firmas avícolas fueron las únicas en conseguir el favor de Economía. La carne vacuna se lleva lo peor

La protección para las curtiembres bajó un poco pero sigue elevada. Las firmas avícolas fueron las únicas en conseguir el favor de Economía. La carne vacuna se lleva lo peor
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La Resolución N° 655/05 del Ministerio de Economía y Producción, publicada en el Boletín Oficial el pasado lunes 21 de noviembre, redujo del 15% al 8% el derecho de exportación aplicado sobre los cueros frescos, salados, piquelados y wet blue. Sin embargo, a pesar de tal reducción, la aplicación del derecho de exportación seguirá realizándose no sobre el valor FOB argentino (como sucede con el resto de los productores exportables), sino sobre un valor de referencia establecido a partir de la cotización, en el mercado estadounidense de Chicago, del cuero de novillo con marca en culata (Butt Branded Steer) más un 8% en concepto de flete. La Resolución N° 655/05, además, dispone que a partir del 1 de enero de 2007 el derecho de exportación sobre los cueros deberá pasar del 8% al 3%.

El lobby de los polleros

La Resolución N° 654/05 del Ministerio de Economía y Producción dispuso la restitución de los reintegros a las exportaciones de carne aviar. Las empresas avícolas seguirán cobrando un reintegro del 3,40% para ventas externas de pollos frescos/congelados enteros y del 2,70% para pollos en trozos. En los fundamentos de la resolución se aclara que el privilegio otorgado al sector avícola se concede porque éste cumplió con el acuerdo por medio del cual las empresas se comprometieron a mantener el precio mayorista del pollo entero en 2,70 $/kg + IVA. “La cámara sectorial ha reconocido la posibilidad de renovar el acuerdo con el Gobierno Nacional, continuando con la aplicación de la medida solidaria, en aras del bien común”, añade la Resolución.

Restricciones a la carne

La Resolución N° 653/05 del Ministerio de Economía y Producción elevó del 5% al 15% los derechos de exportación para cortes frescos y congelados de carne vacuna (se exceptúan los productos cárnicos termoprocesados). Por otra parte, la Resolución 906/05 de la SAGPyA dispuso -hasta nuevo aviso- que la prohibición para faenar animales con pesos inferiores a 280 kilogramos comenzará a regir recién a partir del 1 de febrero de 2006 y con pesos inferiores a 300 kilogramos a partir del 1 de marzo de 2006.

Ezequiel Tambornini

Especial para Infocampo

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