A través del decreto 492/2023, el Poder Ejecutivo de la Nación oficializó este lunes la prórroga del Programa de Incremento Exportador (PIE) que había restablecido el “dólar soja” a partir del 4 de septiembre y que en primera instancia iba a extenderse hasta el viernes pasado.
Se trata del trámite formal que se esperaba al respecto, ya que el viernes pasado el Gobierno les había informado a los agroexportadores la continuidad del plan.
En este sentido, no hubo cambios en relación al mecanismo que se venía aplicando para esta cuarta oportunidad del tipo de cambio diferencial: las empresas exportadoras deben ingresar el 75% de las divisas a valor oficial, a través del Mercado Único y Libre de Cambios (MULC), y el 25% es de “libre disponibilidad” (pueden utilizar herramientas como el dólar contado con liquidación).
QUÉ DICE EL NUEVO DECRETO DEL “DÓLAR SOJA”
En concreto, el decreto prorroga hasta el 25 de octubre de 2023 el PIE, aunque aclara que la fecha de liquidación de las divisas y el pago de la suma en concepto de adelanto de los derechos de exportación deberán efectuarse en un plazo que no podrá superar el 20 de octubre, inclusive.
Sobre el modo de ingresar los dólares, la precisión es la siguiente:
- El 75% del contravalor de la exportación deberá ingresarse al país en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios (MLC).
- El 25% restante, el exportador deberá concretar operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local.
Todos los detalles del decreto se pueden consultar AQUÍ