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Durante 2013, sólo se sancionaron tres leyes para el agro

Dos de ellas apuntan a la promoción del vino y del mate, y la tercera crea un Programa Nacional para la Prevención de la enfermedad LHB de los Citrus en la órbita del Senasa.

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Este año, el sector agropecuario se alzó con sólo 3 leyes. Dos de ellas apuntan a la promoción del vino y del mate: una ley declara al vino argentino “bebida nacional” e impulsa un Plan Estratégico Vitivinícola 2020; la otra ley fija el mate como “infusión nacional” y dispone la promoción del logotipo de “Mate Infusión Nacional”. Y la tercera crea un Programa Nacional para la Prevención de la enfermedad LHB de los Citrus en la órbita del Senasa.

Una de las leyes dictadas este año para el sector agropecuario, define al mate como infusión nacional, así como la promoción de esa bebida y de sus tradiciones. A partir de ahora en eventos y actividades culturales, sociales o deportivas de carácter oficial, debe preverse la presencia de la expresión y logotipo de “Mate Infusión Nacional”, y la promoción de dicha bebida y sus tradiciones.

La ley define al mate como “la infusión preparada en base al alimento de yerba mate, que colocada en un recipiente y mojada con agua caliente, es bebida mediante una bombilla”.

El proyecto fue aprobado en ambas cámaras, con el apoyo particular de los legisladores de Misiones, Corrientes y todo el recinto. Los tres senadores de Misiones se expresaron a favor en el recinto. “Acá estoy con el termo y el mate, es un gran día para nosotros. Es una gran herramienta de promoción” expresó la senadora Sandra Giménez (FPV-PJ) quien además contó en el recinto la leyenda de la Yerba Mate Caa Yarí. Para finalizar la senadora misionera dijo “esto es posible hoy por el País que hemos construidos entre todos y todas, y levantando el Mate bien alto, al gran pueblo argentino salud en paz libertad y concordia!”.

Además, se convirtió en ley el texto impulsado por el diputado kirchnerista Julián Domínguez (FPV-PJ-Buenos Aires) que declara al vino como bebida nacional argentina. A partir de la vigencia de esta norma, se elaborará un plan de acción para difundir las características culturales que impliquen la producción, elaboración y consumo de vino argentino y sus tradiciones. Asimismo consiste en la promoción de la imagen y el logo del vino argentino en todo tipo de eventos oficiales en el país y en el exterior.

Se establece, por otra parte, que el logo del vino argentino sea incorporado en la etiqueta de las botellas que contengan esa bebida de producción nacional, y la promoción del desarrollo de las economías regionales a partir de acciones relacionadas con actividades de servicios vinculadas al sector vitivinícola.

El proyecto busca asegurar la presencia del vino argentino en eventos oficiales del cuerpo diplomático y consular. Asimismo se promoverán los estudios y las organizaciones tendientes a la definición de las distintas regiones y subregiones vitivinícolas de cada provincia.

La tercera de las leyes que dictó el Congreso este 2013 para el sector agropecuario tiene que ver con la creación de un Programa Nacional para la Prevención de la enfermedad LHB de los Citrus en la órbita del Senasa.

La iniciativa, cuyos orígenes se remontan al año 2007 pero que recién pudo ser sancionada este año, establece que el programa sanitario “serán de aplicación obligatoria en todas las provincias donde exista producción comercial de cítricos” y crea, en el ámbito del Ministerio de Producción, Trabajo y Turismo, una comisión de seguimiento del HLB.

A la vez dispone de los recursos económicos necesarios para iniciar un relevamiento de todas las quintas cítricas de las provincias del NEA, con el objeto de detectar tempranamente, la posible aparición de dicha enfermedad.

La ley sancionada determina que el Ministerio de Economía “financiará las medidas preventivas y los tratamientos fitosanitarios correspondientes para la reducción de las poblaciones de la plaga en la cuantía de hasta el setenta por ciento (70 %) de los gastos, sobre la base de la información proporcionada por la autoridad de aplicación”.

Por su parte, en el artículo 3º, la ley crea un equipo interdisciplinario, con la presencia de productores y cooperativas citrícolas que colaboren con el monitoreo de las quintas cítricas de la provincia, mientras que en su artículo 4º dispone de un fondo de emergencia destinado al reemplazo de las plantas cítricas que ya se encuentren afectadas por la enfermedad. Dicho fondo dependerá de los resultados que arroje el relevamiento realizado.

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