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Distribuyeron el cupo de merluza para 2007

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos (SAGPyA) asignó los cupos de captura de merluza para 2007, hasta un máximo provisorio de 340 mil toneladas, dividido en períodos trimestrales.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos (SAGPyA) asignó los cupos de captura de merluza para 2007, hasta un máximo provisorio de 340 mil toneladas, dividido en períodos trimestrales.
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En su Resolución 920/2006, publicada hoy en el Boletín Oficial, la cartera a cargo de Miguel Campos autorizó a 137 buques pesqueros a pescar merluza común (merluza hubbsi) al Norte y al Sur del Paralelo 41 Sur entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. 

Asimismo, permitió a 39 buques a pescar la especie exclusivamente al Sur del Paralelo 41 Sur, hasta el límite de captura máxima individual asignada. La reducción provisoria de la captura máxima permisible para el recurso, de 385 mil toneladas en 2006 a 340 mil toneladas en 2007, responde a la “necesidad de conservar el recurso, sostener la operatividad global de la flota y afianzar las posibilidades de trabajo”, explica la SAGPyA en los considerandos de la medida. 

Por otra parte, asignó a la provincia de Buenos Aires un cupo de 11 mil toneladas para ser distribuido entre los buques pesqueros que ésta designe “para morigerar los efectos socioeconómicos que puedan originarse”. 

A Chubut le corresponderán 1.500 toneladas para distribuir al Sur del Paralelo 41 Sur entre los buques fresqueros y 9.100 toneladas a repartir entre los buques pesqueros. 

En tanto, Santa Cruz recibió un cupo de 5.900 toneladas y Río Negro otro de 1.500 toneladas, para distribuir entre los buques fresqueros que operen en sus puertos. 

La nueva resolución establece además distintas modificaciones a las normas que regulan la actividad para “agilizar la operatoria de la flota y efectivizar los controles a realizar”. 

En ese sentido, dispuso la realización de paradas obligatorias en puerto de los buques, de entre 40 y 60 días, para reducir la permanencia de la flota en el caladero y disminuir la extracción para asegurar la sustentabilidad de la pesquería. Asimismo, establece restricciones especiales para la transferencia de las asignaciones de captura entre buques y control de procesamiento en tierra. 

Para intensificar las “tareas de muestreo de desembarques y la actividad de observadores a bordo con el fin de recabar la necesaria información oceanográfica-pequera”, la norma obliga a los buques a contar con la presencia de un inspector a bordo.

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