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Desde la Coalición Cívica solicitan cambios en la ley de semillas

Alicia Terada solicita facultar al Poder Legislativo a declarar el Uso Público Restringido de las semillas y redefinir el destino de una propiedad privada, atribución que, hoy, le compete al Poder Ejecutivo.

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Una diputada cercana a Elisa Carrió impulsó cambios sobre el uso de las semillas, dado que la ley de Semillas vigente no restringe el uso propio. La autora, Alicia Terada, solicita facultar al Poder Legislativo a declarar el Uso Público Restringido de las semillas y redefinir el destino de una propiedad privada, atribución que, hoy, le compete al Poder Ejecutivo.

A través de las modificaciones sobre la declaración de uso público restringido de la ley de Semillas y creaciones fitogeneticas – Ley Nº 20247-, Terrada solicita modificar el Art. 28 y 29 que faculta al Poder Ejecutivo a declarar de Uso Público Restringido y redefinir el destino de una propiedad privada. Según fundamenta, esta atribución sólo le compete al Poder Legislativo, mediante ley sancionada por ambas Cámaras. Es por ello que propone que la declaración sea propuesta por el Congreso de la Nación, para sí luego el Poder Ejecutivo disponer de los cultivares.

Asimismo impulsa modificar el Art. 32 que actualmente delega en el Poder Ejecutivo la posibilidad de establecer exenciones. Según la legisladora, se trata de una facultad en materia tributaria, que le pertenece exclusivamente al Poder Legislativo según nuestra Carta Magna.

Además solicita modificar el Art. 3 de la ley de Semillas para que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación sea el órgano de aplicación de la presente ley, pero asesorado por la Comisión Nacional de Semillas, para establecer requisitos, normas y tolerancias degeneres y por clase, categoría y especie de semilla.

La autora resalta que según el art. 99 inc 3 de la Constitución Nacional, en relación a las atribuciones de la Presidencia de la Nación, el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso emitir disposiciones de carácter legislativo.

Respecto de la Ley de Semillas en particular, Terrada hace hincapié sobre el Art. 17 de la Constitución Nacional, el cual sostiene: “La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada”.

Sin embargo, se estima que el proyecto no triunfe ya que posiblemente no avance con su tratamiento en comisión. Además las decisiones sobre el uso de semillas es una facultad del Ejecutivo que difícilmente vaya a delegar.

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