“Es importante mirar lo que dice la constitución: desde 1853 en tres cláusulas distintas se establece la necesidad de organización de juicio por jurado y se deja en la ley la determinación del momento propicio para hacerlo. Evidentemente, transcurridos más de 150 años, tenemos que apostar a que de alguna manera se implemente este tipo de juicio o dejarlo de lado.”