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Coninagro alertó que el fallo de Entre Ríos imposibilita la producción en 300.000 hectáreas

"Imposibilita así la producción en más de 300.000 hectáreas prósperas que podrían aportar mucho para el empleo", advierte Coninagro.

infocampo

La Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, resolvió por unanimidad que no existe nulidad y rechazó, por mayoría, el recurso de apelación interpuesto por el Estado provincial contra la sentencia del vocal de la Sala Tercera de la Cámara Segunda en lo Civil y Comercial de Paraná, declarando la nulidad parcial el decreto 4407/18, que fija las distancias permitidas para fumigar en zonas rurales.

Dicho de otra manera, se da por nulo el Decreto 4407/18 que fijaba en el Artículo 1 y para las aplicaciones de fitosanitarios vía terrestreuna distancia de cien (100) metros entre los limites o cercos de la escuela y el cultivo lindero, y fuera del horario escolar o en días no lectivos”, y en el Artículo 2, para el caso de aplicaciones aéreas: “una distancia de quinientos (500) metros entre los limites o cercos de la escuela y el cultivo lindero, y fuera del horario escolar o en días no lectivos”.

De tal manera, queda en pie lo dispuesto por el Vocal de la Sala II en lo Civil y Comercial de Paraná, doctor Daniel Benedetto, que fijaba la prohibición de fumigar en forma terrestre a menos de 1.000 metros de las escuelas rurales y a tres 3.000 desde el aire.

Resumen

OUT – Decreto 4407/18

                               Aplicación terrestre +100 mts. (cerco escuela rural)

                               Aplicación aérea +500 mts. (cerco escuela rural)

IN – Disposición Daniel Benedetto

                               Aplicación terrestre +1.000 mts. (cerco escuela rural)

                               Aplicación aérea +3.000 mts. (cerco escuela rural)

Coninagro opina

Coninagro emitió un comunicado tras darse a conocer el fallo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos que “deja al descubierto los desmanejos en cuanto al uso de fertilizantes y agroquímicos en Entre Ríos”.

En esta provincia argentina, no se siguen las normas nacionales que determinan distancias y responsabilidades en la aplicación y fumigaciones agrícolas, imposibilitando así la producción en más de 300.000 hectáreas prósperas que podrían aportar mucho para el empleo, los alimentos y las divisas que el país necesita”, informaron.

Y comunicado continúa detallando que “se desconocen, por lo tanto, los avales científicos y demostraciones técnicas sobre buenas prácticas agrícolas. Lamentamos que a esta altura del siglo XXI se subestimen los trabajos de la ciencia que hablan de la inocuidad de los laboreos del campo bajo normas de buenas prácticas”.

Apelamos a la sensatez de los diferentes actores de la provincia, tanto a nivel nacional como provincial, para dar tratamiento a proyectos de ley consensuados y apostar por aplicaciones responsables que den previsibilidad a la tarea agropecuaria, a la vez que protejan al conjunto de la población”, finaliza Coninagro.

Revisá el Decreto 4407/18 que quedó sin efecto haciendo click AQUÍ.

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