El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca prohibió, hasta el 31 de diciembre, la exportación de ciertas especies de pescados de río y fijó cupos para otras, con el objetivo para minimizar el impacto de la actividad en la instancia reproductiva de los peces, además del daño ambiental que ya está ocasionando la bajante histórica del Río Paraná.
En la Resolución 100/2021, publicada en el Boletín Oficial, se dispuso un cupo de 6.378 toneladas para la venta al exterior de sábalos, mientras que se prohíben las exportaciones de surubíes, tarariras, bogas, manguruyúes, dorados, patíes, armados, manduvíes y bagres de río.
La normativa se va a aplicar en exportaciones que fueron realizadas durante el curso de este año, aunque podrán aplicarse en posteriores, siempre y cuando, sean efectivizadas antes del 31 de enero del 2022.
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Desde marzo, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura del Ministerio de Agricultura, iba a evaluar periódicamente el estado de los recursos para recomendar el volumen de exportación a otorgar, para preservar la Cuenca del Río de la Plata.
“Se está actuando sobre una base científica y técnica ajustada a preservar el recurso, como así también a dar continuidad a la actividad pesquera como fuente de trabajo y alimento para sectores vulnerables, asegurando su sustentabilidad; conservando el sentido precautorio para la determinación de cupos de exportación que se ha venido adoptando históricamente”, explica la resolución.