La resolución 435 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación publicada este viernes en el Boletín Oficial le da cuerpo a uno de los temas abordados la semana pasada durante una reunión de productores ovinos con el secretario Juan José Bahillo y sus funcionarios: el pago de fondos por el Plan Lanar.
“Apruébase la nómina de beneficiarias y beneficiarios. Autorízase el pago de los beneficios consignados en el Anexo I de la presente”, indica la letra.
Se trata de un plan al cual el Gobierno había salido a reflotar en el mes de octubre ante los reclamos del sector, y cuya letra chica y alcances se conversaron durante la pasada reunión de este mes, y que ahora avanza un paso más en la asignación formal de los fondos, a la espera de la definitiva recepción del dinero.
Cumbre por la lana ante el Gobierno: productores ovinos pidieron un “derrame” del dólar exportador
“La compensación para cada persona beneficiaria será de $ 850 por cada animal esquilable, tomándose a tal efecto la cantidad de ovinos registrados en el citado Registro Nacional, al 31 de marzo de 2023, con exclusión de aquellos que correspondan a la categoría corderos/as, con un límite máximo de $ 3.400.000 por beneficiario”, remarca la resolución.
¿Dónde se establece el Plan? En las provincias de:
- Río Negro
- Chubut
- Santa Cruz
- Neuquén
- Tierra del Fuego
- Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires
DERRAME EXPORTADOR
Días atrás los productores primarios habían peticionado algo concreto: que los beneficios de los tipos de cambio especiales para la exportación tengan un efecto derrame tranqueras adentro y no queden únicamente en manos de los empresarios exportadores.
“Se consideró la necesidad de actualizar el monto del presupuesto de la Ley Ovina para el 2024, que durante el año en curso fue de $ 850 millones para todo el país. Ante la situación económica que afecta el sector, se acordó trabajar con los diputados y senadores provinciales para incorporar un monto mayor para el próximo ejercicio“, indicaron desde el ruralismo.