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Economías regionales: el Gobierno promulgó la ley que promueve la producción orgánica

La Ley de Promoción de la Producción Orgánica para Economías Regionales plantea beneficios económicos e impositivos por un plazo de 10 años.

Productos organicos y regionales
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La Ley 25.734, conocida como la “Ley de Promoción de la Producción Orgánica” para las economías regionales”, ya está en funcionamiento.

Este jueves la Secretaría de Agricultura publicó a través del Boletín Oficial su promulgación, aunque de manera parcial, porque realizó algunas leves modificaciones vinculadas a las aplicaciones de multas, que deberán ser revisadas por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.

La normativa contará con un respaldo inicial de $100 millones. Fue sancionada por el Senado a fines de septiembre último y crea un régimen de promoción a la producción y elaboración de productos orgánicos por un plazo de diez años.

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QUÉ DICE LA LEY DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA PARA ECONOMÍAS REGIONALES

La normativa contempla dos áreas fundamentales:

  • Producción: se hace mención a la generación de productos primarios para su consumo en fresco, la mayoría de las veces pasando por una etapa previa de poscosecha tal como manipulación, limpieza, clasificación, empaque o acondicionamiento; o ser destinada a un establecimiento procesador, siendo utilizada como materia prima, insumo o ingrediente básico para obtener un producto final industrializado.
  • Elaboración: al proceso de industrialización de esa materia prima como ingrediente básico en un producto final para su consumo.

“La elaboración puede ser un proceso propiamente dicho donde la materia prima es transformada en sus características químicas o físicas originales o puede ser simplemente un almacenamiento, fraccionado, reetiquetado o similar”, precisaron.

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Habrá beneficios impositivos, como también un certificado de crédito fiscal por un monto equivalente al 50% de las contribuciones patronales.

Además los productores que adhieran al régimen podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible el 50% de la totalidad de las contribuciones patronales que hayan abonado sobre la nómina salarial.

Dichos bonos podrán ser utilizados para cancelar impuestos nacionales y sus anticipos, como así tributos aduaneros.

“No serán válidos para cancelar el impuesto a las Ganancias, deudas anteriores a la incorporación al régimen ni para cancelar deudas de terceros”, aclara la normativa.

Los adherentes al régimen también tendrán una reducción de 50% en el monto total del impuesto a las Ganancias determinado en cada ejercicio respecto de las actividades productivas y de elaboración abarcadas, que será válida para los ejercicios fiscales posteriores a la fecha al ingreso al régimen.

QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA

Quienes realicen otras actividades deberán llevar la contabilidad de manera tal que se puedan evaluar las mismas de forma separada, respetando criterios objetivos de reparto en el caso de que haya gastos compartidos.

¿Quiénes podrán ser beneficiarios? Quienes acrediten al menos un año de permanencia en la actividad y cuyos montos de facturación no superen los parámetros establecidos para las empresas medianas tramo I.

vino orgánico

El régimen incluye tanto a los productores de productos orgánicos como a los elaboradores, que industrializan posteriormente la materia prima, transformándola o simplemente fraccionándola.

FORO DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA

En tanto, el Fondo de Promoción del Producto Orgánico se utilizará para financiar el esquema y estará integrado por los recursos asignados anualmente por la Ley de Presupuesto, ingresos por donaciones, y fondos de organismos internacionales u organizaciones no gubernamentales.

Además del régimen, dicho fondo podrá financiar programas de asistencia técnica o financiera para aumentar el número de productores primarios en las distintas regiones del país, proyectos de investigación y desarrollo – con especial foco en la mejora de semillas y el agregado de valor-, programas de asistencia para productores de menor escala y para constituir nuevos emprendimientos; la conversión de áreas periurbanas a producción orgánica, y programas educativos en la escuela, entre otros puntos.

Del mismo modo, financiará la promoción comercial en el mercado interno de productos orgánicos – con la posibilidad de espacios específicos en los canales comerciales- y programas de incentivos a empresas para desarrollar tecnologías productivas y de TIC.

Para adherir al régimen, los beneficiarios se tendrán que inscribir en un registro que será instrumentado por la Secretaría de Agricultura en la modalidad que eventualmente establezca, presentando con la solicitud la constancia de certificación de productos orgánicos emitida por una entidad autorizada por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), y una copia del CUIT y de la inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que comprobará que el inscripto esté al día con el cumplimiento de cargas laborales y previsionales.

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