El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció este lunes por la noche una serie de medidas de alivio fiscal para productores afectados por “la sequía más grave de la historia argentina”, según señaló el funcionario.
En general, son las medidas que venían reclamando las entidades del agro, fundamentalmente la agilización de la emergencia agropecuaria y la suspensión de los pagos de anticipos de Ganancias, como primer paso para ayudar a los productores damnificados y evitar avanzar con una marcha hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), tal como se estaba evaluando.
El Gobierno aseguró que, con estas decisiones, asistirán a más de 60 mil productores de provincias donde se ha declarado en la emergencia, y recordó que desde agosto de 2022 ha destinado más de $ 40.000 millones en planes y programas para mitigar el impacto de la seca.
Hemos impulsado un Decreto y posterior resolución conjunta entre @AFIPcomunica y @AgriculturaAR para que todo productor agropecuario que esté en una zona declarada como de emergencia, no deba efectuar ningún trámite y pueda acceder de manera simple y directa a estos beneficios. pic.twitter.com/EO2VF2t6VF
— Sergio Massa (@SergioMassa) March 27, 2023
Las medidas, según detalló en un comunicado la secretaría de Agricultura de la Nación, concretamente son las siguientes:
1) Emergencia sin demoras
Se dictará un Decreto del Poder Ejecutivo, cuya posterior reglamentación se implementará mediante una Resolución Conjunta de la Secretaría de Agricultura y AFIP, para que los productores que están en zona de emergencia y que su actividad principal sea agropecuaria y/o ganadera, accedan de manera automática a los beneficios de alivio fiscal que establece la ley de emergencia, sin necesidad de efectuar ningún trámite.
2) Planes de pago
El Decreto permitirá a la AFIP establecer un plan de facilidades de pago para que los productores alcanzados por la emergencia tengan la posibilidad de regularizar todo tipo de deuda fiscal en hasta 48 cuotas mensuales.
La cantidad de cuotas dependerá de condiciones equitativas para la normalización de las deudas, considerando el origen y el tipo de deuda que pretende cancelar y la evaluación del grado de cumplimiento de sus deberes formales y materiales.
Entendemos la situación que viven los productores con la sequía. La decisión de Sergio Massa es acompañar, llevar alivio fiscal y aportar medidas necesarias para que cuando la situación climática termine, cada productor haya podido acceder al apoyo del Estado. #AlivioAlCampo https://t.co/RQbr23y3Gd
— Juan José Bahillo (@JuanjoBahillo) March 27, 2023
Se podrán regularizar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, vencidas o cuya fecha de vencimiento opere en el mes de la presentación del plan de facilidades de pago, junto con sus intereses y multas.
Además, al regularizar las deudas previsionales que tengan los productores, se les facilitará tomar créditos bancarios, ya que muchas entidades financieras restringen el acceso al financiamiento ante la existencia de obligaciones previsionales impagas.
3) Anticipo de Ganancias
Se suspenderán las intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones, los juicios de ejecución fiscal y el levantamiento de los embargos en las cuentas bancarias; y el pago de anticipos del Impuesto a las Ganancias.
En el caso de la suspensión del ingreso de anticipos correspondientes a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, regirá hasta la finalización del ciclo productivo siguiente a aquel en que concluya el estado de emergencia.
Se trata de aquellos vencimientos que hubieran sido fijados entre el 1 de febrero de 2023 y la fecha de finalización del período de vigencia del citado estado de emergencia.
4) Venta forzosa de hacienda
Se otorgarán beneficios fiscales por la venta forzosa de vientres.
Puntualmente, se realizará la deducción en el Impuesto a las Ganancias por la venta forzosa de hacienda para que los productores puedan deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el 100 % de los beneficios derivados de la venta forzosa de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.
5) Monotributo
“En el caso del monotributo, gozarán del beneficio las obligaciones mensuales correspondientes al componente impositivo cuyos vencimientos operen durante el período de vigencia del estado de emergencia o zona de desastre agropecuario”, precisaron desde Agricultura.