El juez federal Ricardo Bustos Fierro, a cargo del Juzgado Federal de Córdoba 1, decidió que el amparo colectivo presentado por la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Sociedad Rural de Jesús María (SRJM) contra las retenciones, a las que consideran inconstitucionales, siga su curso.
A fines de abril pasado, Bustos Fierro, admitió esta presentación de los ruralistas en que promovían esta acción contra el Poder Ejecutivo, “a fin de que se declare la inconstitucionalidad e ilegitimidad del cobro de derechos de exportación a los productos agropecuarios; así como de cualquier disposición reglamentaria en la cual se pretenda sustentar ese reclamo tributario, y se lo condene a cesar su cobro, instruyendo a la AFIP para que cese con su reclamo y percepción”.
Ahora, la causa dio un nuevo paso a favor del campo: las abogadas de la AFIP en Córdoba presentaron una apelación y Bustos Fierro consideró que es “irrecurrible” la “materia impugnada”.
“Proveyendo a la presentación efectuada, en virtud de lo dispuesto por el Art.15, Ley 16.986, y lo previsto en el punto V de Acordada n° 12/2016 CSJN, resultando la materia impugnada irrecurrible, a la apelación interpuesta, no ha lugar”, señala el texto del decreto del juez federal.
LA DEMANDA Y OTROS FALLOS
Cabe recordar que la SRA y la SRJM iniciaron este proceso en febrero pasado. La interpretación de las entidades es que, al no haberse aproado el Presupuesto 2022, se cayó la emergencia económica y de esa manera el Poder Ejecutivo perdió la potestad de poder fijar los derechos de exportación por decreto.
Un planteo similar formuló la Sociedad Rural de Río Cuarto (SRRC) pero en ese caso fue rechazado por el juez federal Carlos Ochoa, que consideró que esa entidad no tiene legitimación para sustentar un reclamo colectivo de ese tipo.
En cambio, también la Asociación Civil de Productores Agrícolas y Ganaderos del Norte (Apronor) presentó la misma demanda ante el juzgado federal de Tucumán, y también logró que fuera aceptada.