El Gobierno de Santa Fe publicó en su Boletín Oficial el decreto por el cual declaró la situación de emergencia y/o desastre agropecuario en esa provincia, desde el 1° de enero hasta el próximo 30 de junio.
La medida abarca a “todas las explotaciones agrícolas extensivas y a la ganadería en general afectadas por el evento climático sequía, que se encuentran ubicadas en la totalidad de los distritos de todos los departamentos de Santa Fe, excepto los del departamento General López”, precisa la normativa.
La administración de Omar Perotti cumplió, como se preveía, con el pedido formulado por la Comisión Provincial de Emergencia en la tarde del lunes. Ahora, ese decreto será llevado a la Comisión Nacional que se reunirá el próximo viernes, para que la emergencia santafesina sea homologada en ese ámbito.
Plazos y detalles de la emergencia
El decreto (que puede consultarse completo AQUÍ) establece como fecha límite el 15 de marzo para que los productores presenten las declaraciones juradas en las que certifiquen los daños generados por la sequía.
Deberán iniciar los trámites a través del Sistema Santafesino de Gestión de Situaciones de Emergencia Agropecuaria (Sisagea).-
Los damnificados ubicados en zonas rurales que sean considerados en emergencia podrán prorrogar el pago de las diferentes cuotas del Impuesto Inmobiliario Rural según el siguiente cronograma:
- Cuota 1, hasta el 26 de agosto.
- Cuota 2, hasta el 21 de octubre.
- Cuota 3, hasta el 23 de diciembre.
Los que estén en zonas suburbanas, tendrán como máximo el 22 de julio para la Cuota 1, el 23 de septiembre para la 2, y el 25 de noviembre para la 3.
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Los que estén en situación de desastre, tal como lo prevé la ley de emergencia, quedarán eximidos de estos pagos.
Además, se suspende la iniciación y sustanciación de juicios y acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos, desde ahora y hasta 180 días después de que finalice la emergencia.
Argumentos
Para dictaminar el estado de emergencia agropecuaria, el Gobierno santafesino tuvo en cuenta las siguientes situaciones:
- Los efectos de una sequía y altas temperaturas, en las cuales ha resultado afectada gravemente la producción o la capacidad productiva, dificultando la evolución de las actividades agropecuarias, como así también el normal desarrollo del ciclo económico productivo.
- El impacto del fenómeno trajo y traerá consecuencias, ocasionando perjuicios sobre la agricultura estival extensiva, como así también en la ganadería en general.
- En el sector ganadero los rodeos han sufrido pérdidas importantes en el peso corporal: y el porcentaje de preñez, impactando negativamente en la eficiencia reproductiva de los mismos.
- Los pastizales naturales como así también en las pasturas base alfalfa, por los efectos de la sequía se han producido pérdidas productivas, lo que traerá aparejado una disminución de la disponibilidad de oferta forrajera para el ganado a corto plazo, todo lo cual incrementa notablemente los costos de producción.
- Los lotes de maíz sembrados para la confección de silos para reserva de invierno se han afectado de manera significativa, por lo que se verán disminuidas las reservas de forrajes para los establecimientos ganaderos durante el periodo invernal, lo que repercutirá principalmente en la ganadería bovina de leche.
- En agricultura, especialmente el cultivo de maíz, la ocurrencia de la sequía ha afectado gran parte de la superficie sembrada. Estos cultivos vieron comprometidos su rendimiento, con la consecuente pérdida económica para los productores.
- En lo atinente a la soja, especialmente en los cultivos de primera, los rendimientos también se han afectado debido al estrés hídrico, lo que ocasionará pérdidas futuras importantes en estos cultivos.