A través de la Resolución 116/2018, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario suspendió “los efectos jurídicos de la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 236/16, hasta el 30 de noviembre de 2019, a los efectos de la realización de estudios técnicos con respecto a la actividad ARANDANERA”.
La “vieja” norma de diciembre de 2016, establecía el máximo permitido de cosecha por día, en una jornada laboral de ocho horas.
En detalle, es Artículo 1° de la Resolución 236/2016 detalla: “Cantidad máxima de bandejas de 1,800 kilogramos cada una, cosechadas en una jornada de OCHO (8) horas = 14”.
A partir del día de hoy, dicho artículo queda sin efecto y los estudios técnicos correspondientes para la actividad arandanera quedan en manos de:
– En la región del NOA: Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres;
– En la región del NEA: INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (Concordia);
– En la Provincia de Buenos Aires: INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (San Pedro);
Leé la Resolución 116/2018 del día de hoy haciendo click AQUÍ
Qué establecía la vieja Resolución 236/2016: