A través de la Disposición 8481/2018 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta en todo el territorio nacional del “Aceite de oliva extra virgen”, 500 cc, marca: Gourmet Premium, calidad de exportación, RNPA N° 025-18004-137, RNE N° 025-18000661, elaborado y envasado por SOLFRUTO SA, calle 21 s/n Las Causarinas, Provincia de San Juan, Lote N° 25/09/2017, vencimiento 25/09/2019.
Según la Disposición: “la detección de dicho producto en un comercio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que estaría utilizando los registros de producto y establecimiento de la firma denunciante”.
Por ello, resolvió: “Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto ‘Aceite de oliva extra virgen’, 500 cc, marca: Gourmet Premium, calidad de exportación, RNPA N° 025-18004-137, RNE N° 025-18000661, elaborado y envasado por SOLFRUTO SA, calle 21 s/n Las Causarinas, Provincia de San Juan, Lote N° 25/09/2017, vencimiento 25/09/2019, por las razones expuestas en el Considerando”.
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