A través de la Resolución 7-E/2018, publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Agroindustria de la Nación eliminó el piso mínimo de faena de 3.000 cabezas mensuales para los operadores que se inscriban como frigorífico- matadero, que deben cumplir con el depósito de una garantía en el Banco Nación para poder realizar la faena bovina.
De esta manera, dejó sin efecto el punto 4.1.2.7. del Anexo I de la Resolución 2017-21-APN-MA, emitida el pasado 23 de febrero de 2017.
Se trata de una medida a través de la cual la Subsecretaría de Control Comercial Agropecuario (Succa) apunta a reducir la evasión fiscal, dado que la idea es “resarcir al Estado en caso de multas o incumplimientos impositivos”.
En concreto, a partir de febrero todos los operadores deberán realizar sí o sí un pago de un monto equivalente a sus niveles mensuales de faena como garantía por el pago del IVA, contribuciones de Seguridad Social y multas.
En el caso de que aparezcan incumplimientos informados por la AFIP, la SUCCA podrá recurrir al fondo de cada frigorífico o matarife para cobrar o descontar impuestos. En tanto, los establecimientos contarán con un plazo de 10 días hábiles para reponerlos.
Según indicaron desde el organismo, en el caso de los frigoríficos el depósito será de $100 por cabeza faenada y en el caso de los matarifes, de $300.