El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dictó la Resolución N° 703-E/2017 que crea la figura de leasing ganadero, bajo esta modalidad de contratos realiza el control del cumplimiento de la normativa sanitaria vigente por parte del tomador del leasing.
El leasing es la celebración de contratos de arrendamiento, alquiler con derecho a compra, leasing financiero, arrendamiento por renting, a cambio del pago de una cuota o canon durante un plazo determinado. Al finalizar dicho contrato, el arrendatario o tomador de leasing tiene la opción de comprar el bien pagando un precio determinado, devolverlo o renovar el contrato.
La norma, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del presidente del Senasa, Jorge Dillon, indica que los interesados, personas humanas o jurídicas que deseen adquirir animales bajo la modalidad mencionada, deben registrar el contrato de leasing ante la oficina del Senasa de la jurisdicción del establecimiento donde van a estar los animales motivo de esta figura legal.
La responsabilidad sanitaria de los bienes o el ganado objeto del contrato de leasing celebrado es exclusivamente del tomador del mismo, el cual debe cumplir la normativa sanitaria del Senasa vigente.
Con la implementación de esta herramienta, el Senasa busca impulsar y fortalecer la actividad pecuaria en el país.