En el marco de la causa iniciada por un grupo de viveristas de Entre Ríos que pidieron que se revise la obligatoriedad de producir plantas cítricas bajo cubierta, la Justicia Federal falló a favor del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y ratificó que las prácticas deben realizarse bajo cubierta para evitar el huanglongbing (HLB).
Lo hizo a través del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay, que declaró la constitucionalidad de su Resolución N° 930/2009, que regla la producción obligatoria de plantas cítricas bajo cubierta para prevenir el HLB. De esta manera, el dictamen rechazó en todas sus partes la inconstitucionalidad y ratificó la constitucionalidad de la Resolución N° 930/2009, de la Disposición 8/2012 y de la Ley 26.888 (HLB).
En ese sentido, el fallo remarcó que rige más allá de que la provincia de Entre Rios “o aún varias provincias del país” se encuentren libres de la enfermedad.
“La producción y mantenimiento de material de propagación cítrico a cielo abierto aumenta el riesgo de contaminación con HLB, a través de insectos vectores infectados”, recordó el Senasa.