El Sistema Unificado de Información Estratégica, creado por la resolución 314-E/2016 publicada en el Boletín Oficial, establece que los titulares de bocas de expendio de combustibles líquidos deberán presentar la información relativa a precios de comercialización minorista dentro de las ocho horas de producida una modificación del valor en el surtidor de combustible de nafta y gasoil.
El sistema fue creado en el ámbito de la Subsecretaría de Escenarios y Evaluación de Proyectos de la secretaría de Planeamiento Energético Estratégico.
La información suministrada por el titular de la boca de expendio será publicada por la Subsecretaría de Escenarios mediante medios electrónicos y será de acceso público.
Se establece un canal de denuncias accesible a los consumidores para denunciar falta de información en el sistema y la inconsistencia sobre los precios informados y los verificados en las bocas de expendio.
En caso de comprobarse la venta de combustible a un precio diferente al registrarse en el Sistema, el operador será pasible de sanciones.
De reiterarse las sanciones, será sancionado adicionalmente con la suspensión en el registro correspondiente.