Con el objetivo de darle transparencia y razonabilidad a las declaraciones y registros de exportación de lácteos, el Ministerio de Agroindustria de la Nación, informa a través de la resolución conjunta 69- 101 y 84/2016, publicada en el Boletín Oficial, que quienes comercialicen en el mercado internacional leche o derivados deberán realizar una Declaración Jurada de Ventas al Exterior de Productos Lácteos (Djvel).
“A la luz de la experiencia recogida, resulta conveniente remover todas aquellas condiciones vigentes que atenten contra la transparencia y el normal cumplimiento de los regímenes jurídicos aplicables al sector agroindustrial”, señaló el ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile, ya que con esta resolución se derogan los Roe Blanco.
A su vez, destacó que “el propósito de esta medida es tener un registro estadístico con una base de datos para poder elaborar políticas públicas de impacto directo, promover la agilidad y simplicidad en la realización de todos los trámites”.
El formulario Djvel, que se encontrará disponible en la web de la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (Ucesci), deberá contar con la firma del exportador, el titular de la firma exportadora o su representante legal, o el apoderado acreditado en Agroindustria.
La resolución conjunta fue firmada por el ministro de Agroindustria Ricardo Buryaile, junto con sus pares de Hacienda y Finanzas Públicas, Alfonso Prat Gay, y de Producción, Francisco Cabrera.