La Agencia de Recaudación de Buenos Aires estableció en su Resolución 60/2015 un nuevo régimen de información para los contribuyentes de Ingresos Brutos que emitan facturas y demás comprobantes en forma electrónica.
La información que se remitirá a ARBA es la referida a los citados comprobantes y su vencimiento operará el mismo día establecido para la presentación de la declaración jurada y pago del anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. La información que se enviará es la del mes calendario inmediato anterior, al igual que el anticipo.
Los contribuyentes deberán descargar copia de las facturas y comprobantes electrónicos que hayan emitido desde el sitio web de la AFIP a través de la opción de exportación de archivos con datos alfanuméricos y guardar las copias descargadas, las cuales se enviarán a ARBA a través de la aplicación informática “miArba”, apartado “Mis Facturas”.
Quedan excluidos del presente régimen aquellos que utilicen la modalidad de facturación “Comprobantes en línea”.
En la primera etapa de implementación, se incluirá a los contribuyentes que en el año 2014 hubiesen tenido ingresos gravados, no gravados y/o exentos superiores a $60.000.000.
Esta nueva obligación es otra carga de trabajo para los contribuyentes y un régimen de información más que se debe cumplir, esta vez establecido por ARBA.