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Las distorsiones del IVA en el agro

La incertidumbre diaria en la liquidación de este impuesto es preocupante, porque aplicar el porcentual correcto a las operaciones gravadas con IVA es todo un éxito lograrlo.

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El IVA es un impuesto que debería ser absolutamente neutral para quien actúa en carácter de recaudador del fisco. Está concebido para que recaiga sobre el consumidor final.

Es ponderado por su recaudación y criticado por ser considerado regresivo, es decir afecta proporcionalmente más a los que menos tienen.

La alícuota de los productos primarios en estado natural que es del 10,5% como  un beneficio para el productor agropecuario, lejos está de ser una ventaja. Es un verdadero perjuicio con costos financieros relevantes al mantener créditos fiscales nominales por periodos largos de tiempo.

Además la incertidumbre diaria en la liquidación de este impuesto es preocupante, porque aplicar el porcentual correcto a las operaciones gravadas con IVA es todo un éxito lograrlo. Existen prestaciones como el servicio de feedlot íntimamente vinculado al engorde de ganado cuya venta tributa el 10,5%, pero el servicio se grava al 21%.

Desde 1975 existe el IVA en la Argentina pero se generalizó al agro a partir del mes de Febrero de 1990. Desde 1999  se ha instalado la reducción de alícuota para granos y hacienda, con el consiguiente perjuicio para el productor.

Estos saldos denominados técnicos  que se  acumulan , implica que la rentabilidad- hoy reducida fuertemente por la incidencia impositiva – queda atrapada en un crédito el cual no genera ni actualización ni interés compensatorio alguno.

Además el mismo solo puede absorbido con operaciones de ventas que generan debito fiscal. Esta restricción si bien proviene de la ley, para otras situaciones como el caso de los fertilizantes la normativa permite su expresa devolución.

El IVA además de afectar la economía del productor, exige costos administrativos y riesgos de recibir multas por infracciones involuntarias del contribuyente.

Otra problemática de mayor envergadura aún, es la relativa al Registro Fiscal de Operadores de Granos (ROG), el cual se muestra optativo su registro siendo en los hechos absolutamente obligatorio. De otra forma no es posible operar en el mercado  de granos.

Amén de las dificultades  y extensos tiempos para lograr la inscripción de un agricultor, se agregan constantemente motivos por los cuales el sujeto podría  quedar suspendido o excluido del ROG.

Así con retenciones de IVA que no se devuelven al productor se acumulan saldos en su favor denominados de “libre disponibilidad”. En los hechos este crédito que tampoco genera retribución alguna de parte del deudor (la AFIP) , se restringe  su aplicación al  no poder compensarse con el impuesto a la participación societaria, con las retenciones de impuestos (IVA o ganancias)  realizadas a terceros, como tampoco por  deudas de cargas sociales.

En cambio si estuviera habilitado ante el ROG  se les retiene el 8% prometiéndoles una devolución del 7%, (87,5%), por acreditación en la cuenta bancaria al mes siguiente de la presentación de la declaración jurada.

Por estos meses esta promesa  se incumple,  lo cual produce perjuicio en  las finanzas afectando además la equidad.

Destacamos al respecto que es obligación del contribuyente cotejar en la página web de AFIP las retenciones de IVA que se hallen “observadas” por el organismo y resolver sus deficiencias.

Si el motivo del retraso en el cumplimiento se halla injustificado, se debe iniciar un recurso de amparo cuyos requisitos son que exista demora, sea considerada excesiva y provoque un perjuicio en el ejercicio de una actividad.

El IVA en el agro debería tener el régimen que rigió desde 1987 a 1983 donde los créditos vinculados a la producción eran considerados a cuenta de otros impuestos, estando exentas del tributo todas las ventas de la actividad agropecuaria. De esta manera los exportadores evitan acumulación de saldos que le reclaman al estado, situación que hoy tiene retrasos e inconvenientes operativos.

Junto a un replanteo del IVA debería también evaluarse cada uno de los impuestos de la estructura impositiva actual, la cual  merece una revisión de sus efectos en la economía.

Por Santiago Saenz Valiente. Especialista Tributario

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