La resolución 1188/07 del Ministerio de Planificación Federal publicada hoy en el Boletín Oficial dispone que las exportaciones de naftas, fuel oil y sus mezclas, diesel oil, aerokerosene o jet-fuel, lubricantes, asfaltos, coke y derivados para uso petroquímicos, que eran competencia de la Subsecretaría de Combustibles, pasen a la de Coordinación y Control.
En los considerandos de la resolución se señala que la medida se encuadra “dentro de la elaboración y ejecución de la política energética nacional, que el Ministerio de Planificación lleva a cabo, para garantizar el abastecimiento interno de los hidrocarburos líquidos y gaseosos, así como sus derivados”.
Así a partir de mañana, las empresas productoras, comercializadoras, refinadoras o cualquier otro agente del mercado que desee exportar los productos citados deberá registrar, para su aprobación previa, la operación ante la Dirección Nacional de Refinación y Comercialización dependiente de la secretaría de Energía.
Además para las operaciones de exportación de gas licuado de petróleo se deberá previamente dar cumplimiento al procedimiento creado por la Resolución 1679/04 de la Secretaría de Energía. El Ministerio de Planificación promueve políticas de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos, por lo que entiende que resulta conveniente la intervención de la Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión previa a toda solicitud de exportación de los productos mencionados, agrega la resolución.