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Sequía: podrían declarar a Buenos Aires zona de desastre

La Cámara de Diputados aprobó anoche y giró al Senado declarar zona de desastre y emergencia económica y social por 180 días a las provincias afectadas por sequías, granizos, incendios e inundaciones. El proyecto logró el respaldo en la votación en general de 105 diputados contra 27.

La Cámara de Diputados aprobó anoche y giró al Senado declarar zona de desastre y emergencia económica y social por 180 días a las provincias afectadas por sequías, granizos, incendios e inundaciones. El proyecto logró el respaldo en la votación en general de 105 diputados contra 27.
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El proyecto, que fue tratado sobre tablas en el recinto de la cámara baja, logró el respaldo en la votación en general de 105 diputados contra 27.

En el marco del debate, los diputados sancionaron además por 127 votos contra 4 un proyecto de ley que autoriza al Consejo Federal Agropecuario a determinar los distritos afectados por el fenómeno climático.

Si bien algunos diputados habían propuesto declarar zona de desastre a las provincias de Buenos Aires, La Pampa, San Luis, Río Negro, Neuquén y Santa Fe, afectadas por sequía, granizos e incendios, se acordó que sea el Consejo Federal Agropecuario el organismo que determine los distritos afectados.

Al defender la iniciativa, el titular del bloque de diputados del Frente para la Victoria-PJ, Agustín Rossi, además planteó la necesidad de solicitar la intervención del Poder Ejecutivo “en forma inmediata” para asistir a los productores que se hallen en distintas situaciones de emergencia.

El proyecto de resolución impulsado por el diputado kirchnerista por Córdoba, Alberto Cantero Gutiérrez, contempla la intervención del Poder Ejecutivo para financiar la recuperación de las áreas perjudicadas por sequías, granizos, incendios e inundaciones.

También se faculta al Poder Ejecutivo Nacional a instrumentar regímenes especiales de pago por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que contemple expresamente un período de gracia de un año para el pago de obligaciones.

Se incluye además la refinanciación en 120 cuotas mensuales de las obligaciones previsionales e impositivas y la ejecución de un programa de quita de intereses resarcitorios y punitorios y de eventuales condonaciones para contribuyentes identificados en zonas de desastre.

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