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Declaración inconstitucional al artículo 167 del Código Penal

La sala penal de la Cámara de Zapala declaró inconstitucional el artículo que castiga el robo de ganado con el mismo tenor del homicidio de riña.

La sala penal de la Cámara de Zapala declaró inconstitucional el artículo que castiga el robo de ganado con el mismo tenor del homicidio de riña.
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El fallo fue firmado por los camaristas Víctor Martínez, Oscar Rodeiro y Enrique Modina, que suelen dictar sentencias controvertidas.

El artículo declarado inconstitucional fue el “167 quater” del Código penal, incorporado a propuesta del Poder Ejecutivo Nacional mediante la ley 25.890 que fue promulgada el 20 de mayo de 2004. Desde ahí en adelante, cuando el robo de ganado está rodeado de ciertas circunstancias, al presunto autor se le aplica prisión preventiva porque tiene una pena prevista de 4 a 10 años de cárcel, la excarcelación se aplica cuando la pena mínima prevista es inferior a 3 años.

Contrariamente a la declaración de inconstitucionalidad fuentes judiciales de Zapala dijeron que muchas veces el damnificado y el autor o presunto autor llegan a un acuerdo extrajudicial con la intervención de un mediador.

Por su parte, la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia informó que el fiscal de Cámara, Héctor Trova, tiene previsto seguir utilizando la cuestionada figura para acusar a los imputados y señaló que el hecho de que una pena sea severa no la convierte por sí sola en irrazonable, al tiempo que destacó que “la deficiente o defectuosa argumentación legislativa no quita valor a los bienes jurídicos protegidos por loq eue por ser de tanta importancia para la comunidad, merecen una protección esmerada y específica”.

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