La medida, que entrará en vigencia el 1° de noviembre y tiene un plazo de aplicación de noventa días prorrogables, fijó en 85 kilos el peso mínimo por media res en balanza oficial, para pasar de las categorías ternero y ternera a novillito y vaquillona.
Además, incrementa la escala de pesos máximos fijada por la resolución 379 (1973) en 7 kg por media res para las categorías de novillitos y vaquillonas en todos sus tipos.
El nuevo límite para el ingreso de hacienda a faena fue anunciado ayer por el secretario de Agricultura, Miguel Campos, y el ministro de Economía, Roberto Lavagna.
Los funcionarios destacaron que la resolución está orientada a “hacer frente a una mayor demanda exportadora y a un aumento del consumo interno de carnes y busca equiparar el peso mínimo de nuestros animales con el de otros países”. Una vez que la resolución entre en vigor, el Senasa “se abstendrá de emitir el DTA (documento para el tránsito de animales) a aquellos que tengan un peso inferior a los 300 kg en pie”. La ONCCA, en tanto, verificará el cumplimiento, que incluye sanciones como el decomiso de la mercadería.