Mediante el decreto Decreto 574/2018 el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación estableció las bases para reglamentar que sólo podrán elaborar bioetanol aquellas industrias que presenten planes de “Gestión Integral y Sustentable de la Vinaza”,
El decreto publicado este jueves en el boletin ofical, dispone que se entenderá por “Gestión Integral y Sustentable de la Vinaza Sucro-Alcoholera” a la aplicación de técnicas o tecnologías en todas las etapas de producción destinadas a garantizar la sustentabilidad, bajo normas de higiene y seguridad. , tanto del manejo de la vinaza sucro-alcoholera para riego como la de su transformación en subproducto mediante su empleo en usos agrícolas, el aprovechamiento energético como combustible o su utilización como materia prima de otros procesos industriales.
Al decreto se le anexará una normativa complementaria a partir de la cual el bioetanol de caña de azúcar que se destine a la mezcla obligatoria con las naftas de uso automotor, sólo podrá ser elaborado a base de Etanol producido por aquellas empresas que hayan presentado el correspondiente Proyecto de “Gestión Integral y Sustentable de la Vinaza-Sucro Alcoholera”,
La mesa Nacional creada para la Gestión Integral y Sustentable de la Vinaza-Sucro Alcoholera, actuará como Órgano Asesor en el análisis de los Proyectos de “Gestión Integral y Sustentable de la Vinaza-Sucro Alcoholera”, de acuerdo al procedimiento que determine la normativa complementaria.