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Acumulados de saldos a favor por problemas con el Registro de Operadores de Granos

El IVA debería ser neutral para los agentes económicos que lo facturan, pero es sabido que en el agro genera perjuicios variados y complejos, a pesar o justamente con motivo, de una tasa reducida. 

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El IVA debería ser neutral para los agentes económicos que lo facturan, pero es sabido que en el agro genera perjuicios variados y complejos, a pesar o justamente con motivo, de una tasa reducida. Esta situación produce distorsión en la mirada de la ciudadanía que además piensa que existen ventajas para este sector respecto de este tributo cuando la realidad es diametralmente opuesta a esa creencia.

Las distorsiones y riesgos por aplicación de un porcentual menor, que además mantiene  dudas constantes sobre los casos que corresponde esta alícuota y otros en los cuales debe aplicarse la general del 21% . Esta situación  tienen ya varios años y debe lograrse alguna solución.

Lejos de ello , la implantación definitiva un complejo Registro  de Operadores de Granos (ROG) desde el año 2002 – con supuestas devoluciones automáticas – entorpece el comercio de granos y acumula saldos a favor del contribuyente –productor que en los hechos no pueden ser utilizados para cancelar  otros impuestos. Este impedimento se produce al sufrir una retención del 15% a cuenta del impuesto a las ganancias- cuando sean sujetos excluidos de este Padrón de productores de granos – por lo cual  seguramente mantendrá saldos favorables en ese tributo de difícil o imposible compensación.

El ROG  busca conocer las operaciones de granos y detectar aquellas que sean  irregulares, lo cual es lícito y razonable, pero dificultades operativas producen cargas fiscales adicionales inmerecidas para contribuyentes cumplidores. Las injusticias a productores con iguales capacidades contributivas están a la orden del día.

Es difícil lograr la inscripción en el registro, pues el fisco agrega constantes  requerimientos documentales que en ocasiones generan diferentes puntos de vista sobre la formalidad de los mismos, tales como los contratos de arrendamiento o explotación que se obliga a la registración de su firma no siendo ello frecuente ni obligatorio.

El ente de contralor fiscal AFIP- busca detectar  quienes no ejercen efectivamente la actividad granaría o les falta capacidad operativa- económica – financiera -,  disponiendo fuertes sanciones a contribuyentes que se los suspende o excluye por  “inconductas fiscales “, sin comunicar previamente al afectado, restringiendo y afectando su derecho de defensa. 

Es una falacia considerar que la inscripción en el registro es una opción, resulta absolutamente obligatorio para todo productor de granos pues las retenciones excesivas superan la obligación fiscal  en la mayoría de los casos y su exclusión o suspensión  forja  la marginación en el mercado.

La burocracia por normas impositivas formales  que se han agregado de los distintos entes fiscales – AFIP, DGR, ONCCA-  entorpece el desarrollo de la actividad produciendo mayores costos a los actores.
Corresponde de inmediato darle solución al enjambre de normativas  informativas que se duplican  y generan riesgos constantes incrementando la inequidad al no contemplar la verdadera capacidad de contribuir de cada contribuyente.

Todos somos contestes que la evasión debe combatirse,  pero deben modificarse muchos aspectos de la legislación y normativa reglamentaria para lograr un sistema tributario acorde a principios esenciales. 

Por Santiago Sáenz Valiente. Socio del estudio Santiago Saenz Valiente y Asociados y Profesor de la Maestría de Derecho Tributario de la Universidad Católica Argentina (UCA).

Especial para Infocampo.com.ar

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