La resolución 23 que emitió este jueves el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) sostiene: “se ha visto la necesidad de corregir la modalidad de consulta de la inscripción y la correspondiente habilitación de los distintos operadores”.
La comunicación pone en el centro de la escena a la actividad yerbatera. ¿La causa? Aseguran que verificaron “operaciones falsas” con datos del registro.
En la actualidad, el Registro Unificado de Operadores del Sector Yerbatero es el ámbito en el que se condensa toda la información de quienes realizan operaciones comerciales en la yerba mate. El propósito es el de “establecer reglas claras e igualitarias que propicien la sana competitividad, mediante la fiscalización de toda la cadena, estableciéndose los requisitos y condiciones mínimas a cumplir por parte de las personas físicas y jurídicas”.
Sin embargo una falla en los sistemas oficiales dio pie a las acciones de personas que en base a la información publicada por el INYM utilizaron la misma “declarando la realización de operaciones con yerba mate con otras personas que finalmente se verificó que fueron falsas”.
“Al día de la fecha, los operadores con suspensiones en vigencia, sea cual fuere la causa, son incorporados a un listado oficial que se publica y actualiza en la Página Web del INYM, a los fines de que los interesados en comercializar con alguno de estos sujetos, sepan anticipadamente que los mismos se encuentran suspendidos para movilizar y/o intermediar en la movilización de yerba mate”, plantearon.
Por eso la resolución comunica que el organismo rector de la actividad en nuestro país decidió “habilitar una nueva modalidad de consulta de operadores que permita su búsqueda por número de CUIT o número de Operador”
“El Área Legales del INYM ha tomado intervención”, aseguraron.
“El INYM resuelve aprobar la eliminación de la Página Web del listado de operadores inscriptos por aplicación de lo establecido en la Resolución 54/2008 y modificatorias, y de los listados de inhabilitados y/o suspendidos”, indicaron.
A su vez establecieron que a los efectos del cumplimiento de la exigencia oportunamente impuesta a los operadores de verificar la situación de inscripción, habilitación, o suspensión de los otros operadores con los cuales realicen operaciones y/o movimientos con yerba mate, “dicha actividad deberá ser realizada en el sitio web del INYM mediante la búsqueda del operador, ingresando los datos de CUIT o bien el número de Operador”.